características de las obligaciones: Quirografarias, Hipotecarias y Convertibles.

 

Las Obligaciones se pueden emitir con garantía hipotecaria, quirografarias (sin garantía específica), prendarias, fiduciarias o subordinadas al pago de otras deudas preferentes. El plazo de estas emisiones se realiza entre 3 y 10 años y su rendimiento es determinado por el emisor, considerando las condiciones y expectativas del mercado

Este tipo de instrumento permite establecer la amortización anticipada y la inclusión de obligaciones de hacer y de no hacer para el emisor y, en caso de incumplimiento, facultan al inversionista a hacer exigible el pago de la totalidad de la emisión. El monto máximo de las obligaciones en ningún caso excederá el valor del activo neto de la Emisora.

El proceso de emisión de las obligaciones requiere la autorización de los accionistas mediante acuerdo de asamblea. Se documenta a través de un acta de emisión la cual debe ser protocolizada ante fedatario público e inscrita en el Registro Público de Comercio, con la finalidad de otorgar mayor certeza jurídica al inversionista.

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